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Los límites del humor

¡Qué sería de nosotros si no pudiéramos echarnos unas risas de vez en cuando! El humor es terapéutico. También es una vacuna contra el fanatismo y la intolerancia. 

Reírse de todo, de todos e incluso de uno mismo es un ejercicio muy sano.

 

¿Pero qué pasa cuando no todos lo entienden así y algunas personas se sienten ofendidas o agredidas verbalmente por algún motivo?

 

¿ Dónde acaba el límite de lo aceptable cuando nos expresamos libremente? ¿Dónde empieza el derecho de las personas y colectivos a ser tratados con respeto y dignidad?

 

En este apartado os proponemos hacer una reflexión sobre esta cuestión.

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Vamos a recordar, en primer lugar, lo que dice nuestra Constitución.

 

Artículo 20 de la Constitución Española:

 

1. Se reconocen y protegen los derechos:

 

a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.

 

b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.

 

c) A la libertad de cátedra.

 

d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

 

2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

 

3. La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.

 

4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.

 

5. Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.

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